Aquiles Álvarez es condenado a tres años de prisión en el caso Grillete

El alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, fue condenado a tres años de prisión dentro del denominado caso Grillete. El Tribunal de Garantías Penales de Durán lo declaró culpable del delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.

El fallo fue comunicado la noche del lunes 3 de agosto de 2026 y corresponde a una sentencia de primera instancia. La decisión judicial también contempla una multa equivalente a 10 salarios básicos unificados, disculpas públicas y la publicación de la parte resolutiva en un diario de circulación nacional.

¿Por qué Aquiles Álvarez fue procesado en el caso Grillete?

El proceso se originó por el incumplimiento de la medida cautelar que obligaba a Álvarez a portar permanentemente un dispositivo de vigilancia electrónica. El grillete había sido dispuesto en julio de 2025 dentro del caso Triple A.

Durante un operativo ejecutado el 10 de febrero de 2026, relacionado con el caso Goleada, agentes policiales encontraron al alcalde sin el dispositivo colocado en su tobillo. Los testimonios presentados durante el juicio señalaron que el equipo se encontraba cerca de la cama.

La Fiscalía sostuvo que Álvarez conocía la obligación de mantener colocado el grillete y que cualquier inconveniente técnico debía ser comunicado a las autoridades encargadas del monitoreo. Para el Tribunal, la ausencia física del dispositivo constituyó un incumplimiento de la orden judicial vigente.

Alcalde de Guayaquil sentenciado en caso Grillete
El alcalde de Guayaquil Aquiles Álvarez fue sentenciado a tres años de cárcel en caso Grillete

Tribunal descartó una manipulación deliberada del dispositivo

Durante el proceso, la Fiscalía también planteó que el grillete pudo haber sido manipulado. Entre los elementos analizados constaban el estado de uno de los tornillos, la presencia de cinta adhesiva y otras modificaciones observadas en el equipo.

Sin embargo, el Tribunal consideró que no existían pruebas suficientes para atribuir a Álvarez una alteración técnica deliberada del dispositivo. Los jueces determinaron que algunas de las irregularidades correspondían a reparaciones realizadas ante fallas y problemas con el funcionamiento del equipo.

Pese a descartar la manipulación intencional, el Tribunal concluyó que estaba probado que el alcalde no llevaba colocado el grillete durante el operativo. La sentencia estableció que las fallas técnicas o los inconvenientes de conexión no eliminaban la obligación de portar permanentemente el dispositivo.

Defensa de Aquiles Álvarez anunció que apelará

La defensa argumentó que el grillete presentó fallas recurrentes de conexión y que anteriormente había tenido que ser reemplazado. También indicó que el sistema de monitoreo no generó una alerta de “pulsera quitada” durante la madrugada del operativo.

Los abogados señalaron además que Álvarez había cumplido con sus presentaciones periódicas y atendido las alertas generadas por el dispositivo, por lo que solicitaron que se ratificara su inocencia. No obstante, el Tribunal consideró que esos elementos no desvirtuaban el incumplimiento de la medida cautelar.

Tras conocerse la resolución, la defensa anunció que apelará la sentencia ante la Corte Provincial del Guayas. Al tratarse de un fallo de primera instancia, la decisión todavía puede ser revisada por un tribunal superior.

Sanciones impuestas en el caso Grillete

Además de los tres años de prisión, el Tribunal impuso a Aquiles Álvarez una multa de 10 salarios básicos unificados, equivalente a 4.820 dólares. Como parte de la reparación integral, deberá ofrecer disculpas públicas y publicar la parte resolutiva de la sentencia en un medio impreso de circulación nacional.

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