Un tribunal de la Corte Nacional de Justicia condenó por unanimidad al exvicepresidente Jorge Glas y al exsecretario técnico Carlos Bernal a 13 años de prisión por peculado en el caso “Reconstrucción de Manabí”. El fallo, emitido este lunes 30 de junio de 2025, establece que ambos abusaron de fondos públicos destinados a atender a las víctimas del terremoto del 16 abril de 2016.
La Sala de Juicio, integrada por los jueces Mercedes Caicedo, Marco Rodríguez y Javier De la Cadena, determinó que Glas y Bernal “utilizaron sus cargos para desviar recursos” de la Ley de Solidaridad, priorizando obras no urgentes y favoreciendo a terceros, incluidos familiares de Bernal.
Detalles de la sentencia y sanciones
Además de la pena máxima de 13 años de cárcel, el tribunal impuso:
- Pago conjunto de USD 250 millones como indemnización al Estado.
- Multa de 60 salarios básicos unificados (USD 28 200).
- Pérdida de derechos de participación política por 25 años.
- Publicación de la sentencia en medios nacionales y en los portales de la Vicepresidencia y los gobiernos locales de Manabí y Esmeraldas.
Los jueces también ordenaron a la Fiscalía iniciar indagaciones contra los beneficiarios de los contratos asignados, especialmente las empresas vinculadas a la familia de Bernal.

Antecedentes y desarrollo del caso
El Comité de Reconstrucción de Manabí fue creado tras el terremoto del 16 de abril de 2016 para gestionar obras de emergencia. Según la Fiscalía, Glas, como presidente, y Bernal, como secretario técnico, aprobaron 11 proyectos no prioritarios, generando un perjuicio superior a USD 225 millones.
Jorge Glas ya cumplía ocho años de prisión por los casos Odebrecht y Sobornos. En abril de 2024, tras solicitar asilo en la Embajada de México, sufrió una detención durante un asalto ordenado por el presidente Daniel Noboa. Desde entonces permanece recluido en la cárcel de máxima seguridad La Roca.
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Proceso de deliberación y fundamentos
La sentencia se basó en más de 45 horas de audiencia continua y siete días de deliberación. La jueza Mercedes Caicedo subrayó que los procesados actuaron con “dolo y conocimiento” para beneficiar a particulares, contraviniendo el objeto de la Ley de Solidaridad.
En el juicio, la defensa alegó que no suscribieron contratos ni manejaron directamente fondos. El tribunal rechazó esta versión, señalando que su posición jerárquica les permitió impulsar y asignar recursos de manera indebida.


