La Corte Constitucional despenalizó la eutanasia en el Ecuador

La Corte Constitucional, CC, dio un paso histórico este 7 de febrero de 2024 al aprobar la despenalización de la eutanasia en Ecuador. La decisión se dio en respuesta a la demanda presentada por Paola Roldán, una mujer de 42 años de edad que padece esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y buscaba una muerte digna.

Con 7 votos a favor y 2 votos salvados, la CC resolvió la «constitucionalidad condicionada» del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sancionaba el homicidio simple. De esta manera, Ecuador se convierte en el noveno país del mundo en despenalizar la eutanasia.

La decisión del Pleno de la CC se basa en el derecho a la dignidad humana y la capacidad de las personas para configurar su propio proyecto de vida. La CC reconoció que, en casos como el de Paola Roldán, donde el sufrimiento es intenso e irreversible, «sería irrazonable imponer a quien atraviesa esta situación la obligación de mantenerse con vida».

Roldán ha liderado una extensa batalla legal sobre este tema, destacando una audiencia crucial el 20 de noviembre donde expresó su deseo de una muerte digna. Su demanda, que duró más de cinco meses y medio, enfrentó obstáculos legales, incluida una recusación presentada por una organización provida contra dos magistradas de la Corte Constitucional.

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La Corte Constitucional autoriza la eutanasia en Ecuador

¿Qué es la ELA?

La ELA, o esclerosis lateral amiotrófica, es una enfermedad neurodegenerativa progresiva que afecta a las células nerviosas en el cerebro y la médula espinal. En la ELA, las neuronas motoras que controlan los músculos voluntarios degeneran gradualmente, lo que lleva a una debilidad muscular, espasticidad y eventualmente a la parálisis. Esta condición también puede afectar funciones como el habla, la deglución y la respiración.

La ELA es una enfermedad devastadora y no tiene cura conocida hasta la fecha. Sin embargo, existen tratamientos y terapias para ayudar a aliviar los síntomas y mejorar la calidad de vida de los pacientes.

Requisitos

Para acceder a la eutanasia, se establecen los siguientes requisitos:

  • Consentimiento inequívoco, libre e informado de la persona o de su representante legal
  • Sufrimiento intenso proveniente de una lesión corporal grave e irreversible, o una enfermedad grave e incurable
https://twitter.com/CorteConstEcu/status/1755323037707039095

La Corte Constitucional también dispuso que:

  • El Ministerio de Salud Pública elabore un reglamento para los procesos de eutanasia activa en un plazo de dos meses
  • La Defensoría del Pueblo presente un proyecto de ley que regule la eutanasia en un plazo de seis meses
  • La Asamblea Nacional debata y apruebe la ley respectiva en un plazo de doce meses

La Corte Constitucional subrayó que la eutanasia activa debe ser aplicada por un médico y que la decisión respeta la capacidad de las personas para configurar su propio proyecto de vida según sus valores y circunstancias individuales. Este paso marca un cambio significativo en el panorama legal y ético de Ecuador con respecto a la eutanasia, abriendo un debate continuo sobre los derechos individuales y el final de la vida.

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