El expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Wilman Terán, fue sentenciado a nueve años y cuatro meses de prisión el lunes 23 de diciembre de 2024. Esta resolución fue emitida dentro del caso Independencia Judicial, en el que se investigó el delito de obstrucción a la justicia. Esta condena representa la segunda sentencia que Terán recibe en menos de dos meses, ya que en noviembre fue declarado culpable en el caso Metástasis, relacionado con delincuencia organizada.
Maribel Barreno, exvocal de la Judicatura, también fue condenada a la misma pena, junto con otros siete exfuncionarios que fueron hallados responsables como cómplices. Los procesados enfrentaron las acusaciones por su participación en la destitución del juez Walter Macías, una acción que, según el Tribunal, excedió los marcos administrativos y configuró una obstrucción directa a la justicia.
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Decisión judicial y responsabilidades
El Tribunal del caso, integrado por los jueces Olavo Hernández, Hernán Barros y Édison Cantos, concluyó que las pruebas documentales, testimoniales y periciales presentadas durante el juicio demostraron la culpabilidad de Terán y los demás implicados. La investigación reveló que, durante la administración de Terán, se utilizaron mecanismos administrativos para suspender y destituir a Macías, quien estaba a cargo del caso Vocales, una causa que implicaba a Barreno por tráfico de influencias.

Además de Terán y Barreno, fueron sentenciados Milton A., Santiago C., Carlos G., Milton H., Jéssica Ch., Olga V. y Liberton C., como cómplices del delito. A cada uno de ellos se les impuso una pena de cuatro años y seis meses de prisión. Por otro lado, Katherine L. y Andrés J. fueron declarados inocentes, según la resolución del Tribunal.
Contexto del caso Independencia Judicial
El caso se originó tras la destitución de Walter Macías como juez de la Corte Nacional de Justicia en 2023. Este hecho, según la Fiscalía, tuvo como objetivo obstaculizar su participación en el caso Vocales. Durante el juicio, la defensa de los procesados argumentó que las acciones tomadas formaban parte de actos administrativos legítimos, pero el Tribunal determinó que dichas medidas tenían un trasfondo ilegal que buscaba interferir en procesos judiciales clave.

