El Municipio de Quito dio a conocer que a partir del 1 de febrero hasta finales del mes de mayo (2012), las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad podrán realizar el pago y obtener su patente del año en curso.
Mientras que las personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad, podrán realizar el mismo proceso desde el mes de junio.
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| La patente municipal es requisito para obtener el RUC |
Para esto, el formulario que será publicado en el sistema del Municipio desde febrero para la declaración de impuesto a la patente podrá ser descargado desde la web en www.quito.gob.ec.
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TABLA DE TARIFAS PARA EL IMPUESTO DE PATENTE
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Desde USD
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Hasta USD
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Sobre Fracción
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Sobre Fracción
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10.000,00
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0,00
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1,00 %
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10.000,01
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20.000,00
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100,00
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1,20 %
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20.000,01
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30.000,00
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220,00
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1,40 %
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30.000,01
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40.000,00
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360,00
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1,60 %
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40.000,01
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50.000,00
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520,00
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1,80 %
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50.000,01
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En adelante
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700,00
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2,00 %
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TABLA DE LIMITES DE CUOTA EN EL IMPUESTO DE PATENTE
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RANGOS DE PATRIMONIO
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TECHO
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250.000,00
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750.000,00
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5.000,00
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750.000,00
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1’000.000,00
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6.000,00
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1’000.000,00
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1’500.000,00
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7.000,00
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1’500.000,00
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2’000.000,00
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8.000,00
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2’000.000,00
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3’500.000,00
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10.000,00
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3’500.000,00
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6’000.000.00
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15.000,00
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6’000.000,00
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10’000.000
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20.000,00
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10´000.000,00
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En adelante
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25.000,00
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Si el último dígito de la cédula es:
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Fecha Límite de declaración y pago
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1
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10 de mayo
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2
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12 de mayo
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3
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14 de mayo
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4
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16 de mayo
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5
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18 de mayo
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6
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20 de mayo
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7
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22 de mayo
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8
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24 de mayo
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9
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26 de mayo
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0
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28 de mayo
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Si el noveno dígito del RUC es:
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Fecha límite de declaración y pago
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1
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10 de junio
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2
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12 de junio
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3
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14 de junio
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4
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16 de junio
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5
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18 de junio
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6
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20 de junio
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7
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22 de junio
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8
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24 de junio
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9
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26 de junio
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0
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28 de junio
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Así como se registra un negocio o una actividad económica y se saca la respectiva Patente Municipal, el cierre de una actividad económica también debe ser reportado y comunicado al Municipio de Quito.
Al igual que se cierra el RUC en el SRI, también se debe comunicar al municipio para cerrar la patente municipal. Este trámite se lo puede hacer en cualquier administración zonal y balcones de servicios municipales
Patente Municipal es un nuevo requisito para obtener el RUC
A partir del 19 de octubre del 2010 rige, según la ley, la obligatoriedad de obtener la Patente Municipal antes de solicitar un Registro Único de Contribuyentes, RUC, en el Servicio de Rentas Internas.
Este requisito previo se sustenta en base a los artículos 546 y 551 del Código Orgánico de Organización, Autonomía y Descentralización, COOTAD, así como en la Ordenanza Metropolitana número 339.
El impuesto a la patente municipal se lo establece para personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas o con establecimiento en el Distrito Metropolitano de Quito, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales.
La tarifa que se aplica es anual en función del patrimonio. El valor mínimo está fijado en 10 dólares y el máximo en 25 000 dólares.
Así, para el 2011, el total de personas que pagarán este impuesto es de 134 140, cifra muy por debajo de los 750 000 contribuyentes que deben cancelar sus impuestos prediales.
Si hacemos una comparación en el 2010 la Municipalidad recaudó 29 millones de dólares por patentes y con la nueva Ley del COOTAD el presente año este monto ascenderá a 40 millones de dólares.
Cómo obtener la patente en el municipio
Se la puede conseguir en las ocho administraciones zonales municipales (La Delicia, Eloy Alfaro, Zona Norte, Centro, Calderón, Quitumbe, Los Chillos y Tumbaco) así como en el Balcón de Servicios Municipales de la Dirección Metropolitana Financiera planta baja, calle Chile Oe-335 y Venezuela.
El trámite inicia con la compra de la solicitud de patente (especie valorada en 20 centavos), donde deberá llenar los siguientes datos:
- Nombres completos
- Razón Social
- Representante legal
- Número de cédula
- Dirección donde va a ejercer la actividad económica
- Clave Catastral (es un dato importante respecto del predio donde se va a ejercer la actividad)
- Número telefónico
- Actividad económica principal con la que se inscribe la patente
Además se debe adjuntar una copia de la cédula y papeleta de votación de la persona que va a realizar la actividad económica. Constitución de la empresa o acuerdo ministerial para personas jurídicas que también deberán acompañar una copia de cédula, papeleta de votación y nombramiento del representante legal.
Luego se ingresará el formulario para generar el número de la patente. La validación de la misma o generación del título de crédito estará lista en 24 horas a fin de que el contribuyente cancele el valor generado.
El pago se lo puede realizar en todos los puntos de recaudación municipal localizados en las mismas administraciones zonales, balcones de servicios e instituciones bancarias con las cuales rigen convenios con la municipalidad.
Incentivos tributarios
Vale informar a la ciudadanía que la Ordenanza Municipal 339 establece varios incentivos tributarios para las personas naturales y jurídicas que inician actividades industriales, comerciales o profesionales en el Distrito.
El primer año la base imponible será de cero (es decir pagará el valor mínimo establecido por el COOTAD de 10 dólares)
El segundo año se considerará el 50% de la base imponible real.
Solo a partir del tercer año de las actividades económicas el impuesto de la patente será aplicado de conformidad con las regulaciones establecidas en la Ley.


