Personas Naturales deben pagar Impuesto de Patente Municipal

El Municipio de Quito dio a conocer que a partir del 1 de febrero hasta finales del mes de mayo (2012), las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad podrán  realizar el pago y obtener su patente del año en curso.

Mientras que las personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad, podrán realizar el mismo proceso desde el mes de junio.

Personas Naturales deben sacar Patente Municipal
La patente municipal es requisito para obtener el RUC

Para esto, el formulario que será publicado en el sistema del Municipio desde febrero para la declaración de impuesto a la patente podrá ser descargado desde la web en www.quito.gob.ec.

Datos que se solicitan en el formulario:
*Nombres completos
*Razón Social
*Representante legal
*Número de cédula
*Dirección donde va a ejercer la actividad económica
*Clave Catastral (dato importante respecto del  predio donde se va a ejercer la actividad)
*Número telefónico
*Actividad económica principal con la que se inscribe la patente
Además, esta solicitud deberá ser acompañada de, en el caso de las personas no obligadas a llevar contabilidad, la copia de la cédula y para personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad: copia de la cédula  y papeleta de votación, constitución de la empresa o acuerdo ministerial y nombramiento del representante legal.
Con estos requisitos en las ventanillas de pago se les categorizará y cobrará el impuesto de patente en base a las mismas tablas y cálculos que determinan las ordenanzas número 339 y 157.
Ese instante será generado el título de crédito para que el contribuyente pague su impuesto de patente municipal.
En el caso de los profesionales están obligados a obtener su patente aquellos que no se encuentran en relación de dependencia pública o privada; es decir aquellos que ejerzan actividades económicas de libre ejercicio.
Tablas de tarifas y techos vigentes que no se han modificado
TABLA DE TARIFAS PARA EL IMPUESTO DE PATENTE
Desde USD
Hasta USD
Sobre Fracción
Sobre Fracción
10.000,00
0,00
1,00 %
10.000,01
20.000,00
100,00
1,20 %
20.000,01
30.000,00
220,00
1,40 %
30.000,01
40.000,00
360,00
1,60 %
40.000,01
50.000,00
520,00
1,80 %
50.000,01
En adelante
700,00
2,00 %
TABLA DE LIMITES DE CUOTA EN EL IMPUESTO DE PATENTE
RANGOS DE PATRIMONIO
TECHO
250.000,00
750.000,00
5.000,00
750.000,00
1’000.000,00
6.000,00
1’000.000,00
1’500.000,00
7.000,00
1’500.000,00
2’000.000,00
8.000,00
2’000.000,00
3’500.000,00
10.000,00
3’500.000,00
6’000.000.00
15.000,00
6’000.000,00
10’000.000
20.000,00
10´000.000,00
En adelante
25.000,00
Fechas límites para el pago de las patentes municipales:
Para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad:
Si el último dígito de la cédula es:
Fecha Límite de declaración y pago
1
10 de mayo
2
12 de mayo
3
14 de mayo
4
16 de mayo
5
18 de mayo
6
20 de mayo
7
22 de mayo
8
24 de mayo
9
26 de mayo
0
28 de mayo
Fechas límites para personas jurídicas y personas naturales obligadas a llevar contabilidad
Si el noveno dígito del RUC es:
Fecha límite de declaración y pago
1
10 de junio
2
12 de junio
3
14 de junio
4
16 de junio
5
18 de junio
6
20 de junio
7
22 de junio
8
24 de junio
9
26 de junio
0
28 de junio
El cierre de un negocio también debe ser reportado

Así como se registra un negocio o una actividad económica y se saca la respectiva Patente Municipal, el cierre de una actividad económica también debe ser reportado y comunicado al Municipio de Quito.


Al igual que se cierra el RUC en el SRI, también se debe comunicar al municipio para cerrar la patente municipal. Este trámite se lo puede hacer en cualquier administración zonal y balcones de servicios municipales
Sin embargo, el sistema y servicios para las personas naturales o jurídicas que requieran cancelar patentes municipales correspondientes del 2011 o años anteriores, se encuentran habilitados en las ocho administraciones zonales o en los balcones de servicios del Municipio de los centros comerciales, Condado Shopping, el Recreo o en la zona centro, calle Chile Oe 335 y Venezuela.

Patente Municipal es un nuevo requisito para obtener el RUC

 A partir del 19 de octubre del 2010 rige, según la ley, la obligatoriedad de obtener la Patente Municipal antes de solicitar un Registro Único de Contribuyentes, RUC, en el Servicio de Rentas Internas.

Este requisito previo se sustenta en base a los artículos 546 y 551 del Código Orgánico de Organización, Autonomía y Descentralización, COOTAD, así como en la Ordenanza Metropolitana número 339.

El impuesto a la patente municipal se lo establece para personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas o con establecimiento en el Distrito Metropolitano de Quito, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales.

La tarifa que se aplica es anual en función del patrimonio. El valor mínimo está fijado en 10 dólares y el máximo en 25 000 dólares.

Así, para el 2011, el total de personas que pagarán este impuesto es de 134 140,  cifra muy por debajo de los 750 000 contribuyentes que deben cancelar sus impuestos prediales.

Si hacemos una comparación en el 2010 la Municipalidad recaudó 29 millones de dólares por patentes y con la nueva Ley del COOTAD el presente año este monto ascenderá a 40 millones de dólares.

Cómo obtener la patente en el municipio

Se la puede conseguir en las ocho administraciones zonales municipales (La Delicia, Eloy Alfaro, Zona Norte, Centro, Calderón, Quitumbe, Los Chillos y Tumbaco) así como en el Balcón de Servicios Municipales de la Dirección Metropolitana Financiera planta baja, calle Chile Oe-335 y Venezuela.

El trámite inicia con la compra de la solicitud de patente (especie valorada en 20 centavos), donde deberá llenar los siguientes datos:

  • Nombres completos
  • Razón Social
  • Representante legal
  • Número de cédula
  • Dirección donde va a ejercer la actividad económica
  • Clave Catastral (es un dato importante respecto del predio donde se va a ejercer la actividad)
  • Número telefónico
  • Actividad económica principal con la que se inscribe la patente

Además se debe adjuntar una copia de la cédula y papeleta de votación de la persona que va a realizar la actividad económica. Constitución de la empresa o acuerdo ministerial para personas jurídicas que también deberán acompañar una copia de cédula, papeleta de votación y nombramiento del representante legal.

Luego se ingresará el formulario para generar el número de la patente. La  validación de la misma o generación del título de crédito estará lista en 24 horas a fin de que el contribuyente cancele el valor generado.

El pago se lo puede realizar en todos los puntos de recaudación municipal localizados en las mismas administraciones zonales, balcones de servicios e instituciones bancarias con las cuales rigen convenios con la municipalidad.

Incentivos tributarios

Vale informar a la ciudadanía que la Ordenanza Municipal 339 establece varios incentivos tributarios para las personas naturales y jurídicas que inician actividades industriales, comerciales o profesionales en el Distrito.

El primer año la base imponible será de cero (es decir pagará el valor mínimo establecido por el COOTAD de 10 dólares)

El segundo año se considerará el 50% de la base imponible real.

Solo a partir del tercer año de las actividades económicas el impuesto de la patente será aplicado de conformidad con las regulaciones establecidas en la Ley.

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